Buenas prácticas

El Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A. en su sesión de 29 de septiembre de 2015 aprobó la adhesión del Grupo al Código de Buenas Prácticas Tributarias, que había sido aprobado por el Foro de Grandes Empresas según la redacción propuesta por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Dicha adhesión tuvo lugar en el mes de octubre de 2015, y está alineada con los principios y directrices de actuación en materia fiscal establecidos en la estrategia fiscal del Grupo.

Las Buenas Prácticas Tributarias están definidas en el Código como “todas aquellas que conduzcan a la reducción de riesgos fiscales significativos y a la prevención de aquellas conductas susceptibles de generarlos”. El Código tiene como objetivo aumentar la eficacia de los controles de la Administración Tributaria y reducir la inseguridad jurídica en las empresas y la litigiosidad que surge entre ambas.

grupo de personas trabajando con datos gráficos de una tablet y una carpeta
Tres grandes grupos de buenas prácticas fiscales
1

Transparencia, buena fe y cooperación con la Agencia Tributaria. Evitar la utilización de estructuras opacas e implicación del Consejo de Administración en las políticas fiscales.

2

Transparencia, y seguridad jurídica en la aplicación e interpretación de las normas tributarias por parte de la Agencia Tributaria. Unidad de criterio de la Administración y publicación del tratamiento tributario de determinadas operaciones.

3

Reducción de la litigiosidad y evitación de conflictos en la inspección y gestión tributaria.

Redeia, siguiendo el principio establecido en su Estrategia Fiscal y en el Código Ético y de Conducta, no tiene presencia, ni desarrolla actividad alguna en aquellos territorios considerados como paraísos fiscales o jurisdicciones no cooperativas de acuerdo con la normativa vigente

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Normativa española contenida en la disposición adicional primera y décima y disposición transitoria segunda de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal (en redacción dada por Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, con efectos desde el 11 de julio del 2021) y en la Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero, por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas.

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Lista de la Unión Europea de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales.

Informe de Transparencia Tributaria 2023